1 de septiembre de 2026
Desde el 1° de septiembre rige una nueva estructura para patentamientos, transferencias y otros trámites. Los costos se expresarán mediante el MRPA y varios conceptos pasarán a cobrarse de manera conjunta.
Los aranceles del Registro Automotor cambiaron en todo el país con la entrada en vigencia de la Resolución 412/2026 del Ministerio de Justicia. El nuevo esquema alcanza a autos, motos, maquinaria agrícola, vial e industrial, además de diferentes gestiones prendarias y administrativas.
La reforma reduce y agrupa conceptos que anteriormente aparecían separados. Sin embargo, la eliminación del 40% de los cánones no implica una rebaja equivalente en el monto que deberán pagar los usuarios.
La Resolución 412/2026 fue publicada el 31 de agosto y estableció su vigencia desde el día siguiente, por lo que comenzó a aplicarse el martes 1° de septiembre de 2026. La norma reemplazó los cinco anexos del régimen anterior y agrupó los trámites de automotores, motos y maquinaria en ocho categorías. Las gestiones sobre bienes muebles no registrables quedaron organizadas en seis y las realizadas directamente ante la Dirección Nacional, en cuatro.

El Módulo de Registro de la Propiedad del Automotor funciona como unidad de referencia para los aranceles expresados en valores fijos. La Resolución 308/2026 determinó que un MRPA equivale a 0,5 UVA y que debe actualizarse cada cuatro meses, tomando el valor publicado por el Banco Central el día hábil anterior al comienzo del período. Como la UVA del 31 de agosto fue de $2.096,27 y la norma exige redondear hacia abajo al múltiplo de diez, el MRPA aplicable desde septiembre equivale a $1.040.
La inscripción inicial de un auto equivale al 1% de su valor, con un mínimo de 52 MRPA, actualmente $54.080. La transferencia también representa el 1%, pero tiene un piso de 32 MRPA, equivalente a $33.280. Para el patentamiento se toma el precio de venta con gastos e impuestos o la tabla de valuación oficial, el que resulte mayor; en una transferencia se compara la valuación de la DNRPA con el importe declarado en la Solicitud Tipo 08. El anexo oficial de aranceles aclara que estos valores incluyen dos certificaciones de firmas, cédula, título y otros elementos según el trámite, pero no necesariamente impuestos provinciales, sellos, multas o deudas pendientes.

En los motovehículos, el patentamiento y la transferencia también cuestan el 1% del valor, con mínimos de 21 MRPA para la inscripción inicial -$21.840- y 15 MRPA para la transferencia -$15.600-. Un informe de dominio para una moto equivale a 3 MRPA, actualmente $3.120. Para la maquinaria agrícola, vial e industrial, la alícuota baja al 0,25%: el patentamiento tiene un mínimo de 128 MRPA -$133.120- y la transferencia, de 52 MRPA -$54.080-. Las escalas y los servicios incluidos pueden consultarse en los anexos actualizados de la DNRPA.
El 40% anunciado por el Gobierno corresponde a la disminución de la cantidad de conceptos arancelarios, no a una reducción general del precio de los trámites. El resultado final dependerá del valor del vehículo, la cantidad de módulos asignada, los impuestos de cada jurisdicción y posibles deudas. La modificación tampoco debe confundirse con la actualización de las valuaciones registrales aplicada desde agosto: aquella determina la base económica del automotor, mientras que la reforma de septiembre reorganiza los aranceles y establece cuáles quedan incluidos dentro de cada gestión.
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