8 de julio de 2026

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Registro Automotor: qué cambia con la digitalización de trámites y el nuevo MRPA

El Ministerio de Justicia oficializó un plan para avanzar hacia un sistema registral automotor digital, con trámites online, menos categorías administrativas y reorganización de registros seccionales. Además, creó el MRPA, una nueva unidad para calcular los aranceles de los trámites del automotor.

El Gobierno nacional lanzó una reforma del Registro Automotor en Argentina con el objetivo de digitalizar trámites, reorganizar el sistema registral y modificar el esquema de aranceles que pagan los usuarios. Las medidas fueron publicadas el 7 de julio de 2026 en el Boletín Oficial mediante las resoluciones 306/2026 y 308/2026 del Ministerio de Justicia.

La iniciativa se denomina Plan Nacional de Digitalización y Reorganización Integral del Sistema Registral Automotor y busca reemplazar de manera gradual el modelo basado en documentación física, trámites presenciales y registros territoriales por un sistema digital, interoperable y centrado en el ciudadano.

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Registro Automotor: qué cambia con el nuevo plan del Gobierno

La Resolución 306/2026 creó el plan nacional que guiará la transformación del sistema registral automotor. Según el texto oficial, el objetivo es avanzar hacia esquemas de gestión "concentrados, eficientes y con foco en el ciudadano", además de reducir costos, simplificar procedimientos y ampliar el acceso a los servicios registrales.

El programa se apoya en tres ejes estratégicos: la transformación digital del sistema, la evolución institucional de la Dirección Nacional de los Registros del Automotor y de los registros seccionales, y la implementación normativa del nuevo modelo registral.

En términos prácticos, el Gobierno apunta a que los trámites vinculados a la inscripción, transferencia y registro de vehículos puedan realizarse de forma digital, con validación de identidad, carga electrónica de documentación, pagos online, firma digital y emisión de constancias en formato electrónico.

El Gobierno puso en marcha un plan para digitalizar los registros del  automotor y cambió el esquema de aranceles

Trámites digitales y menos burocracia para transferir vehículos

Uno de los puntos centrales de la reforma es la simplificación de los trámites del automotor. El plan prevé reducir la cantidad de gestiones existentes y concentrarlas en categorías principales, como inscripción inicial, transferencia de dominio, constitución y cancelación de garantías, bajas registrales y medidas cautelares.

También se avanzará con la digitalización del acervo documental. Esto implica que los legajos en papel almacenados en los registros seccionales pasarán progresivamente a repositorios digitales, lo que permitiría consultar antecedentes de manera remota y reducir la dependencia de documentación física.

La reforma continúa el camino iniciado con herramientas como el Legajo Digital Único, el Certificado Digital Automotor, el Registro Único Nacional del Automotor y el Registro Único Virtual, instrumentos que el Ministerio de Justicia ya había presentado como parte del proceso de modernización administrativa.

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Qué pasará con los registros seccionales del automotor

La reorganización también alcanza a la red de registros seccionales distribuidos en todo el país. El Gobierno plantea una adecuación progresiva de la estructura física, en línea con el avance de los trámites remotos y la digitalización de procesos.

Esto no implica la eliminación inmediata de la atención presencial. El plan contempla que sigan existiendo oficinas de asistencia para personas con dificultades de acceso tecnológico o para trámites que requieran acompañamiento especializado.

El cambio, sin embargo, marca una modificación profunda del modelo histórico del Registro Automotor en Argentina, que durante décadas estuvo organizado alrededor de sedes físicas, expedientes en papel y jurisdicciones registrales.

Qué es el MRPA y cómo se calcularán los aranceles del automotor

La segunda medida clave fue la creación del Módulo de Registro de la Propiedad del Automotor, identificado como MRPA. Esta nueva unidad servirá para calcular el costo de los trámites registrales vinculados a automotores, motovehículos y maquinaria, dentro de la órbita de la Dirección Nacional de los Registros del Automotor.

Según la Resolución 308/2026, el valor inicial del MRPA será equivalente a 0,5 Unidades de Valor Adquisitivo (UVA). A partir de su entrada en vigencia, se actualizará cada cuatro meses según el valor de la UVA informado por el Banco Central el día hábil anterior al inicio de cada período.

La norma también establece que, si el valor resultante en pesos no fuera múltiplo de 10, se aplicará un redondeo hacia el múltiplo de 10 inmediato inferior. Además, la Dirección Nacional tendrá un plazo de 20 días para proponer la clasificación y asignación de módulos para cada trámite vigente.

El Gobierno avanza en la reforma del sistema de registros de propiedad  automotor: las claves del nuevo sistema - La 100

Cambios en los ingresos de los encargados de registros

La Resolución 308/2026 también modifica el esquema de liquidación de los ingresos que perciben los encargados de los registros seccionales. El nuevo sistema establece descuentos vinculados al costo de los trámites, los insumos registrales utilizados y distintos conceptos operativos antes de definir el remanente correspondiente.

Dentro de esa estructura, la norma prevé incentivos en MRPA para determinadas gestiones realizadas en el día, como transferencias de dominio, inscripciones iniciales y trámites iniciados a través del Sistema de Trámites Electrónicos.

El cambio apunta a adaptar la retribución de los registros al nuevo modelo digital y al sistema de aranceles basado en módulos, en lugar de sostener únicamente el esquema tradicional de valores fijos y múltiples categorías administrativas.

Cuándo entra en vigencia la reforma del Registro Automotor

La Resolución 306/2026 entró en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial, el 7 de julio de 2026. Además, le ordenó a la Dirección Nacional de los Registros del Automotor presentar un cronograma de implementación dentro de los 30 días corridos.

En el caso de la Resolución 308/2026, el texto oficial establece que la norma entrará en vigencia el primer día hábil del mes siguiente a su publicación, con excepción de los artículos 1 y 2, que tienen una vigencia diferenciada.

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